Cuestión. ¿Puedo trabajar por cuenta propia y ajena al mismo tiempo?
TAD. No hay incompatibilidad entre ambas modalidades. Lo que tendrá que tener usted en cuenta es que el trabajo por cuenta propia le impone una serie de obligaciones ante la Seguridad Social y Hacienda, como por ejemplo la de abonar su propia cuota de autónomo (en torno a los 250 Euros mensuales), presentar liquidaciones trimestrales de IVA e IRPF, etc. Además deberá usted cumplir las obligaciones específicas del negocio a que se quiera dedicar (solicitar licencias municipales, pago de tasas, etc).
En cuanto al trabajo por cuenta propia, seguiría rigiendo el Estatuto de los Trabajadores, con independencia de que usted posea otro trabajo por cuenta propia.
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